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EL JUSTO LATIDO - Juan Castañeda
NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL PERUANO - JUAN CASTAÑEDA

NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL PERUANO - JUAN CASTAÑEDA 5i4138

13/8/2023 · 11:56
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EL JUSTO LATIDO - Juan Castañeda

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Y hola qué tal espero que todo muy bien sean bienvenidos a esta nueva serie ir analizando el nuevo código procesal constitucional soy juan castañeda y breve empezamos de manera preliminar tenemos que indicar que el nuevo código procesal constitucional el cual vamos a analizar desde su título preliminar y la normativa procesal siguiente cabe advertir inicialmente algunas cuestiones que tenemos que tener presente cómo es que se dio este nuevo código procesal constitucional en el caso peruano y en ese sentido indicaremos de que el primer código procesal constitucional en el caso peruano a través de la ley veintiocho veintitrés siete estuvo vigente desde el primero de diciembre del dos mil cuatro esto tuvo una vida de dieciseis años unos siete meses fue el veinticuatro de julio del dos mil veintiuno que entró en vigencia el código de reemplazo que viene a reemplazar este código procesal constitucional con el famoso código denominado nuevo código procesal constitucional a través de la ley treinta y uno treinta y siete con ese nacimiento pues no ha sido tan pacífico este asunto de esta ley en tanto que fue observado por el poder ejecutivo mediante el oficio cuatrocientos cuarenta y dos mil veintiuno el dos de julio del dos mil veintiuno lo que originó que la ley fuera reconsiderada por el congreso insistiendo que el texto se aprobó por el pleno el veintiuno de mayo dos mil veintiuno este nuevo código procesal constitucional tiene bastantes cambios y a decir verdad es más de forma que de fondo algunos buenos y otros malas sentido de reforma normativa pero hay que ser un poquito optimistas con este impulso lo que sí tenemos que añadir when tocado ser claros es de que es una modificación o un reemplazo innecesariamente de mucho apuro hay un apresuramiento de falta de debate público sobre todo para la entrada en vigencia la cual su entrada en vigencia en rigor de este nuevo código fue al día siguiente de su publicación no como su código ante su hacedor en el cual otorgó una vacatio legis no la vacación de la ley o en tocas un espacio que le cual otorgó el legislador de seis meses a fin de que se entendió el legislador de que en un tiempo razonable para que los jueces lo justiciables puedan estudiarlo y prepararlo para su aplicación ese asunto no sucedió con este nuevo código procesal constitucional al día siguiente entró en vigor y si bien es cierto y ustedes habrán escuchado no por mucho madrugar amanece más temprano si bien algunos cambios introducidos por el nuevo código procesal constitucional son más bien formalización del desarrollo jurisprudencial del tribunal constitucional otras decisiones sobre acortamiento de plazos o eliminación de disposiciones de su código antecesor debieron ser objeto de mayor reflexión pues ser remedio podía ser peor que la enfermedad sin embargo y sin perjuicio de lo mencionado y reconocido que la fuerza normativa de la constitución la no gratuidad en los procesos constitucionales iniciados por personas jurídicas cuantas resoluciones judiciales es requisito cinco de cinco votos para el presente vinculante del tribunal constitucional y no de cuatro vocales supremos para la acción popular la solución para la incompatibilidad entre una norma convencional y una constitucional la posibilidad de presentar demandas en lenguas aborígenes entre otras cabe indicar que este asunto nos nos va a permitir al menos de manera introductoria a este análisis del nuevo código procesal constitucional mencionar al menos diez diez aspectos significativos o en todo caso diez aspectos relevantes de este nuevo código procesal constitucional antes de ingresar al análisis de nuestro título preliminar primero cuál es la la novedad sobre este asunto el nuevo código procesal tenemos la prohibición del rechazo liminar el artículo seis del nuevo código procesal constitucional dispo

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