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Mujeres en Voz Alta
Temporada 1. Episodio 14. Vientres de alquiler

Temporada 1. Episodio 14. Vientres de alquiler 3q645p

27/5/2025 · 31:10
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La reciente aprobación de una nueva instrucción que estrecha el margen para poder inscribir a los bebés nacidos por medio de los vientres de alquiler ha traído otra vez a la palestra el debate sobre la legitimidad de esta práctica. ¿Son los vientres de alquiler una opción para cumplir el deseo de ser padres o una forma de explotación? Hoy hablaremos sobre este tema con Reme Madrona, vicepresidenta del Fórum Feminista de Málaga y una de las fundadoras de la RECAV, la Red estatal contra el alquiler de vientres 4t4d1a

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Este contenido se genera a partir de la locución del audio por lo que puede contener errores.

Bienvenidas a Mujeres en Voz Alta, el podcast del Fórum de Política Feminista.

Somos abolicionistas de cualquier tipo de mercantilización de nuestros cuerpos y trabajamos por la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres.

En cada programa abordaremos los puntos clave de nuestra agenda, reflexionaremos sobre los temas que nos importan y daremos la palabra a las mujeres que nos inspiran.

Preparaos para un viaje hacia la igualdad, porque juntas somos imparables.

Comenzamos.

Los vientres de alquiler, por más que quieran presentarse como una solución para muchas personas que anhelan ser padres, plantean serios problemas éticos y sociales.

Con el eufemismo maternidad subrogada para referirse a esta práctica, se oculta que se está comercializando y explotando la capacidad reproductiva de las mujeres como si sus úteros fueran un producto más del mercado, que afecta especialmente a las más pobres y vulnerables.

Las agencias intermediadoras obtienen pingües beneficios gracias a este negocio, que lejos de ser una práctica altruista, mueve miles de millones al año.

La falta de regulación uniforme entre los distintos países provoca que esta práctica siga creciendo, dando lugar a abusos donde los derechos de las mujeres quedan en segundo plano frente a los deseos de los futuros padres.

Pero en el terreno de la ética también surgen importantes preguntas.

¿Puede ser convertido en servicio el embarazo de una mujer? ¿Es ético tratar a los recién nacidos como mera mercancía para que pueda ser comprada como cualquier otro producto? ¿Están siendo las mujeres gestantes reducidas únicamente a sus funciones reproductivas? ¿Es la paternidad un derecho? Sobre todo esto y mucho más hablamos hoy con Reme Madrona Vallejo.

Reme es licenciada en Filología Clásica y fue una de las fundadoras de la RECAP, la red estatal contra el alquiler de vientres.

También participó en el primer Congreso Andaluz de Asociaciones de Mujeres sobre la Maternidad Subrogada y fue miembro de la Asociación FELMA, Feministas en Lucha de Málaga.

Hoy es vicepresidenta del Fórum Feminista de Málaga y una de las voces con más conocimiento sobre este tema.

Reme, bienvenida y muchas gracias.

Encantada, gracias a ti Sonia.

Mira, así para empezar, el pasado 1 de mayo se publicó en el BOE la instrucción por la que se anulan las instrucciones previas de 2010 y 2019 relativas a la inscripción de bebés nacidos por maternidad subrogada.

Digo maternidad subrogada porque así está recogido en el BOE, vaya.

¿Qué implica esta instrucción y qué diferencias supondría respecto a las anteriores? Bueno, pues hay que empezar hablando de la instrucción del 2010, esa famosa instrucción que permite la inscripción de una manera fácil, bueno, permitía ya, de los bebés comprados en el extranjero.

Esta instrucción se dictó en respuesta a los recursos que los compradores de bebés presentaban continuamente en los registros consulares porque en muchas ocasiones les rechazaban las solicitudes de inscripción de sus bebés nacidos por contratos de alquiler de mujeres.

A veces se les denegaban incluso si se habían celebrado estos contratos en países en los que esta práctica es legal.

Por una parte, esta instrucción precisa o precisaba la labor de las personas encargadas de los registros y también, por otra, daba seguridad jurídica a los compradores.

Esta instrucción siempre exigía, para poder inscribir a los bebés comprados, una resolución judicial dictada por un tribunal competente y nunca aceptaba simplemente el certificado de nacimiento.

Pero claro, esta exigencia no siempre se puede aplicar.

Hay muchos países donde no existe ese procedimiento, no hay un procedimiento judicial para acreditar la filiación de los bebés comprados.

Entonces se sucedían irregularidades, recursos, seguían presentándose y entonces llegamos al 2019.

En este año, en realidad, se dictan dos instrucciones.

Una, el 14 de febrero, que es muy larga, ocupa unas 20 páginas, y esta instrucción, además de por sentencia firme, daba la posibilidad de inscribir los registros mediante el reconocimiento de la paternidad biológica, que podía ser simplemente una prueba de ADN, o sea que ampliaba las posibilidades de inscripción.

Bueno, esta instrucción ni siquiera llegó a publicarse en el BOE.

Cuatro días después, el 18 de febrero, fue derogada por otra, la que ha estado en vigor.

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